3. Descripción de los servicios
Casillero Virtual:
A EL CLIENTE le será asignada una dirección física en los Estados Unidos de América, en la cual podrá recibir su correspondencia y/o mercancías, para el posterior envío de las mismas a la dirección de destino que EL CLIENTE indique.
Soluciones UTB:
UTB comprará, por solicitud de EL CLIENTE, en su nombre y representación, las mercancías que EL CLIENTE seleccione, virtualmente o directamente en las tiendas físicas que EL CLIENTE indique, para su posterior envío de las mismas a la dirección de destino que EL CLIENTE indique.
Tracking del Casillero Virtual:
Desde el portal de clientes, ingresando con el usuario creado por EL CLIENTE en la página web de UTB, EL CLIENTE podrá realizar la verificación y el seguimiento a la correspondencia y/o mercancías recibidas en su Casillero Virtual, y la trazabilidad del proceso de envío desde EE. UU. a la dirección de destino que EL CLIENTE haya indicado.
Consolidación y embalaje:
Una vez EL CLIENTE da la orden de consolidación y despacho de sus mercancías, UTB realizará un proceso de clasificación y reempaque de las mismas, en el cual organizará las mercancías para su transporte al destino indicado por EL CLIENTE, procurando optimizar espacio y reducir el peso y volumen de las mismas.
Despacho:
Encontrándose las mercancías debidamente consolidadas y embaladas de acuerdo con la solicitud de EL CLIENTE, UTB procederá a entregar las mismas a la empresa de transporte internacional que haya sido contratada por UTB en nombre y representación de EL CLIENTE, en adelante “EL TRANSPORTADOR”, para su transporte terrestre, aéreo y/o marítimo desde los Estados Unidos de América a la dirección de destino indicada por EL CLIENTE. EL CLIENTE declara autorizar a UTB para contratar en su nombre y representación a EL TRANSPORTADOR que libremente seleccione, así mismo, acepta que el envío pueda realizarse por cualquier medio de transporte y ruta según la naturaleza de los bienes y la conveniencia de su transporte.
El tiempo de entrega en la dirección de destino que EL CLIENTE indique en Colombia, es en promedio de 4 a 7días hábiles para envíos aéreos y de hasta un mes para envíos marítimos, contados a partir de la fecha en que EL CLIENTE emite la orden de despacho.
Trámites aduaneros:
UTB realizará la intermediación correspondiente ante la empresa Transportadora, para que esta realice los trámites aduaneros, en nombre de EL CLIENTE, para el ingreso de las mercancías a Colombia correspondientes bajo la modalidad de “Tráfico Postal y Envíos Urgentes”, reglamentado en los Decretos 2695 de 1999 y 1232 de 2001, los cuales incluyen registros, preinspección e inspección aduanera, y pago de tributos a nombre de EL CLIENTE.
EL CLIENTE declara entender y aceptar que su correspondencia y/o mercancías sean importadas bajo la modalidad de “Tráfico Postal y Envíos Urgentes”, y que, para el efecto, las mismas cumplen con los requisitos establecidos en la normatividad aplicable, específicamente aquellos establecidos en el Decreto 1165 del 2 de Julio d 2019, o cualquier otra norma que lo adicione o modifique, así:
- - Valor total declarado hasta de USD 2.000
- - Peso máximo de 50 Kg
- - Las medidas no superen 1.50 Mts en cualquiera de sus dimensiones, ni de 3 mts la suma de la longitud y el mayor contorno tomado en sentido diferente al de la longitud, cuando se trate de los envíos que lleguen al territorio aduanero colombiano por la red oficial de correos.
- - No incluir mercancías sobre las cuales exista restricciones legales o administrativas para su importación, salvo cuando se trata de envíos que NO constituyan expedición comercial. Se entenderá por envíos que no constituyen expedición comercial, aquellos que no superan seis (6) unidades de la misma clase.
- - No incluir los bienes prohibidos por la Unión Postal Universal.
- - No incluir armas, productos precursores en la elaboración de narcóticos, estupefacientes o drogas no autorizadas por el Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia.
- - No incluir mercancías cuya importación esté prohibida por el artículo 81 de la Constitución Política o por Convenios Internacionales a los que se haya adherido o se adhiera Colombia.
- - Las mercancías sujetas a esta modalidad deben pagar impuestos conforme lo estipule la ley.
Las mercancías que no cumplan con alguna de los requisitos establecidos en la normatividad aplicable para ser considerados como “Tráfico Postal y Envíos Urgentes” serán objeto de cambio de modalidad a “Importación Ordinaria”. En este evento, será de exclusiva responsabilidad de EL CLIENTE contratar directamente a una Sociedad de Intermediación Aduanera, a la cual UTB le entregará la documentación necesaria, previa autorización de EL CLIENTE, para continuar el proceso de nacionalización de las mercancías.